1 jun 2012

El nuevo reglamento de agua ahorrará costes al ayuntamiento

Por el Pleno de la Corporación celebrado con carácter de extraordinario en fecha 07 de Marzo del año en curso se adoptó, entre otros y por UNANIMIDAD, el acuerdo inicial de Modificación del REGLAMENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA.

Dicha modificación se ha expuesto al público en el Tablón de Anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia número 36, de 26 de Marzo del año en curso, sin que se hayan formulado alegaciones de ningún tipo. En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril Reguladora de las Bases del Régimen Local se entiende definitivamente adoptado el acuerdo de referencia hasta entonces provisional y se procede a su publicación íntegra para su entrada en vigor. El Pleno de fecha 30 de Noviembre de 2007 procedió a la modificación del Reglamento Municipal del Servicio de agua. Dicha modificación conllevaba que la responsabilidad del mantenimiento, conservación y sustitución de los aparatos contadores de la red era municipal. Se ha constatado que ello es un problema constante para el municipio, y en su virtud se propone modificar el artículo 21 de dicho reglamento a fin de evitar esta problemática. En su virtud, y por UNANIMIDAD, la nueva regulación del artículo 21 queda del siguiente tenor literal: Artículo 21.- Propiedad de las Instalaciones.- Serán de propiedad municipal la red de distribución, la acometida y su llave de registro, independientemente de quien las hubiere instalado. Será de propiedad particular la llave de paso de la acometida, el aparato contador y toda la instalación interior de la finca, edificio, vivienda, local o inmueble. Así mismo se añade el artículo 28 del Reglamentoen los siguientes términos: Artículo 28.- Adquisición del contador.- El contador será adquirido por el usuario a su cargo donde lo tenga por conveniente, siempre que se atenga a las características del artículo anterior, siendo así mismo a su cuenta la colocación, retirada o cualquier otro gasto que conlleve. La instalación deberá ser exterior para permitir un fácil acceso para su lectura.

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